CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Norma Tapia Aliaga, mediante escrito que cursa de fs. 32 a 35 vta., modificado a fs. 53, promovió proceso ordinario de cumplimiento de obligación contra la Empresa Industrias LARA BISCH S.A. ILB en liquidación representada por Claudia Geraldine Lara Román a través de Juan Ramos Mamani, quien una vez citada, por los memoriales visibles de fs. 107 a 120 vta., fs. 124 a 125, fs. 127 a 128 vta. y a fs. 183 y vta., planteó incidente de nulidad de obrados, opuso excepciones previas de incumplimiento de la condición previa de conciliación y de prescripción o caducidad, contestó negativamente la demanda incoada y reconvino por resolución de contrato; pretensiones que dieron lugar a la Resolución Nº 625/2023, de 18 de octubre, que declaró IMPROBADO el incidente de nulidad, con costas; y la Resolución Nº 700/2023, de 22 de noviembre, dispuso IMPROBADA las excepciones, con costas; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 04/2024, de 04 de enero, que sale de fs. 292 a 306 vta., en el que el Juez Público Civil y Comercial 1° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda de cumplimiento de obligación e IMPROBADA la demanda reconvencional, sin costos por tratarse de acción doble.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por la Empresa Industrias LARA BISCH S.A. ILB en liquidación representada por Claudia Geraldine Lara Román a través de Juan Ramos Mamani, mediante memorial que corre de fs. 309 a 314 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 402/2024, de 12 de julio, visible de fs. 334 a 337, que CONFIRMÓ la sentencia apelada, con costas y costos.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la Empresa Industrias LARA BISCH S.A. ILB en liquidación representada por Claudia Geraldine Lara Román a través de Juan Ramos Mamani, según escrito visible de fs. 339 a 340, que es objeto de análisis para su admisión.
