AS/1202/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1202/2024-RA

Fecha: 18-Oct-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Jhonny Hugo Said Zegarra Sossa, mediante memorial de fs. 25 a 26 vta., subsanado a fs. 49, formalizado y ampliado de fs. 419 a 424 vta., y de fs. 467 a 472 vta., promovió el proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación y entrega de bien inmueble contra Nieves y Verónica ambas Rosas Antequera, quienes una vez citadas, según escritos que discurre de fs. 232 a 235 y de fs. 497 a 502 vta., se apersonaron, contestaron negativamente a la demanda y formularon excepción previa de prescripción de la acción de mejor derecho propietario (resuelta en sentencia); desarrollándose de esa manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 73/2023, de 02 de mayo, saliente de fs. 636 a 643, en la que la Juez Público Civil y Comercial 17º de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró IMPROBADA la excepción previa de prescripción de la acción de mejor derecho propietario y PROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Nieves y Verónica ambas Rosas Antequera, según escrito que sale de fs. 646 a 658 originó que la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista Nº 93/2023, de 21 de diciembre, cursante de fs. 680 a 689, que CONFIRMÓ la Sentencia impugnada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Nieves y Verónica ambas Rosas Antequera mediante memorial de fs. 692 a 710, que es objeto de análisis en cuanto su admisión.