POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184 numeral 1 de la Constitución Política del Estado y 42 parágrafo I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 596 a 599, interpuesto por la empresa unipersonal Aserradero SITEC, representado por su propietaria Norma Flores Montecinos; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 427/2023 de 20 de diciembre, de fs. 586 a 592, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba. Con costas.
Se regula el honorario del abogado patrocinante en Bs.2.000.- (Dos mil 00/100 bolivianos) que mandará pagar la Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
