AS/1356/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1356/2024-RA

Fecha: 19-Nov-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Fredy Zenon Calani Poma, representado por Carola Yaqueline Avila Lopez por memorial de fs. 44 a 47, subsanado de fs. 82 a 87, promovió el proceso ordinario de reivindicación contra Francisco Delgado Callisaya, Sinforosa Laura Morante, Franz Fernando Delgado Laura y Adela Ursula Huaylliri Mamani, quienes una vez citados, respondieron de manera negativa a la demanda, oponiendo demanda reconvencional de acción pauliana, la misma que fue admitida por providencia cursante a fs. 169; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 95/2023, de 27 de febrero, obrante de fs. 658 a 668, en la que el Juez Público Civil y Comercial 18° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda sobre acción reivindicatoria e IMPROBADA la demanda reconvencional de acción pauliana, dando lugar a la restitución únicamente de los ambientes de la planta baja y un baño que se encuentra al ingreso de la casa y entrega de llaves del bien inmueble situado en la avenida Apumalla Nº 1000, con una superficie de 127.78 m2, de la zona de Villa Victoria de la ciudad de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales, bajo el Folio Real Nº 2.01.0.99.0172748 a nombre de Fredy Zenon Calani Poma y que actualmente se encuentran ocupados por los demandados y que la decisión se cumpla dentro de los siguientes 30 días de ejecutoriada la Sentencia. Sin costas por ser juicio doble.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Sinforosa Laura Morante, Franz Fernando Delgado Laura y Adela Ursula Huaylliri Mamani, mediante escrito visible de fs. 676 a 685, en esta apelación se adhirió Gilmar Freddy Delgado Laura por memorial a fs. 686, lo que dio lugar a que la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 89/2024, de 22 de febrero, corriente de fs. 711 a 717 vta., que CONFIRMÓ el Auto de 19 de enero de 2023, cursante a fs. 633; Auto de 19 de enero de 2023 corriente a fs. 634 y vta.; Auto de 19 de enero de 2023, visible a fs. 638; Auto de 19 de enero de 2023 obrante a fs. 639; la Sentencia – Resolución Nº 95/2023 de 27 de febrero de 2023, que cursa de fs. 658 a 668, resolución que fue complementada por Auto de 29 de febrero de 2024, visible a fs. 721, disponiendo Con costas y costos a la parte apelante por esta instancia.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Sinforosa Laura Morante y Adela Ursula Huaylliri Mamani, según memorial que sale de fs. 733 a 736, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.