AS/1370/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1370/2024-RA

Fecha: 20-Nov-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Ángel Chipana Mamani, mediante escrito que cursa de fs. 23 a 25, subsanado a fs. 27, de fs. 45 a 46 y de fs. 50 a 51 planteó demanda ordinaria de acción negatoria y reivindicación, contra Filomena Figueredo Figueredo, Betzaida Pantoja Figueredo y Porfirio Mirna; quienes una vez citados, la primera mediante memorial saliente de fs. 65 a 66, contesto de forma negativa a la demanda; mediante Auto a fs. 105 y vta., se declaró rebeldes a Betzaida Pantoja Figueredo y Porfirio Mirna; por Auto interlocutorio de 01 de julio de 2022, de fs. 538 y vta., se dispuso la acumulación del proceso de usucapión decenal interpuesto por Filomena Figueredo Figueredo contra Ángel Chipana Mamani, Rubén Carlos Huanca Machaca y Santiago Sillo Villca; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 37/2022-C, de 28 de julio, saliente de fs. 810 a 816 vta., en la que el Juez Público Mixto Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1° de Palos Blancos Provincia Sud Yungas de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Filomena Figueredo Figueredo, mediante memorial visible a fs. 818 a 821, originó que la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 904/2023, de 04 de diciembre, corriente de fs. 840 a 845, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Filomena Figueredo Figueredo, según escrito de fs. 849 a 850 vta., que es objeto de análisis para su admisión.