AS/1439/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1439/2024-RA

Fecha: 02-Dic-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Rosendo Paco Calamani y Santusa Torrez Mamani, mediante el memorial saliente de fs. 12 a 14, subsanado y ampliado por los actos procesales cursantes a fs. 34, de fs. 36 a 39, de fs. 42 a 45 y a fs. 51 y vta., promovió demanda ordinaria de reivindicación, restitución de bien inmueble más pago de daños y perjuicios en contra de Ana María Suárez Vda. de Mauricio, quien tras ser citada, por medio de los escritos que discurren de fs. 61 a 62 vta. y de fs. 91 a 93, respondió de forma negativa a la acción principal; y opuso excepciones de impersonería de la parte demandante y falta de legitimación o interés legítimo que surja de los términos de la demanda, que fueron desestimadas por el Auto de 07 de junio de 2023 que sale a fs. 163 y vta.; desarrollándose así el proceso hasta que el Juez Público Civil y Comercial 11º de El Alto, pronunció la Sentencia Nº 551/2023, de 30 de junio, saliente de fs. 196 a 199, a través de la cual declaró PROBADA la acción reivindicatoria y restitución de bien inmueble e IMPROBADA en cuanto a la pretensión de pago de daños y perjuicios.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Ana María Suárez Vda. de Mauricio representada por Isidoro Yupanqui Calizaya, mediante el memorial que sale de fs. 207 a 209, originó que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 329/2024, de 10 de julio, corriente de fs. 251 a 254, por el cual CONFIRMÓ la Sentencia de primera instancia.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Ana María Suárez Vda. de Mauricio representada por Isidoro Yupanqui Calizaya, a través del escrito que corre de fs. 298 a 300 vta., medio de impugnación, que se constituye en materia de análisis en cuanto a su admisibilidad.