AS/1463/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1463/2024-RA

Fecha: 06-Dic-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Luis Gonzalo del Villar Valcarcel, a través de Jorge Rodolfo Clavijo Barrera, por memorial de demanda de fs. 26 a 37, 66 y 71, subsanada de fs. 79 a 86, planteó proceso ordinario de nulidad de escritura pública contra el Banco Unión S.A., representado por Jeanneth Lourdes Silva Pérez, quien una vez citada, interpuso excepción de incapacidad del demandante, impersonería del apoderado del demandante, falta de legitimación, demanda defectuosamente propuesta, emplazamiento de terceros y contestó negativamente a la demanda por memorial de fs. 225 a 234 vta.; resuelto por Resolución N° 226/2021, de 20 de agosto, cursante de fs. 391 a 398, que declaró improbada las excepciones impetradas, completadas por Acta de enmienda y complementación de fs. 399 a 401; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 142/2024, de 11 de marzo, que sale de fs. 636 a 642, en la que el Juez Público Civil y Comercial 23° de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Luis Gonzalo del Villar Valcarcel a través de Jorge Rodolfo Clavijo Barrera, mediante memorial cursantes de fs. 644 a 651 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 527/2024, de 21 de agosto, visible de fs. 683 a 689, que CONFIRMÓ en todas sus partes la Sentencia recurrida. El Auto de 23 de agosto de 2024, que declaró NO HA LUGAR a la aclaración, enmienda y complementación, cursante a fs. 693 y vta.,

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Luis Gonzalo del Villar Valcarcel, a través de Jorge Rodolfo Clavijo Barrera, según memorial cursante de fs. 698 a 713, que es objeto de análisis para su admisión.