POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley 025 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 389 a 393 vta., interpuesto por Edwin Santos Saavedra Toledo representado por Claudia Verónica Lenz Ardaya, contra el Auto de Vista Nº 434/2024, de 23 de agosto, corriente de fs. 376 a 384 vta., pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Aguárdese turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
