POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Fanny Moreno Sotelo, de fs. 418 a 420 vta. Con costas
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
