POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Rodolfo José Vera Moreira en su condición de presidente del Tribunal Departamental Electoral de Potosí, de fs. 677 a 679 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
