III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El Tribunal de alzada no observó que, el imputado no se encontraba en igualdad de condiciones y oportunidades para defenderse en el juicio oral al haber sido notificado con una resolución de sobreseimiento la que fue revocada y notificada solamente al Abogado defensor y no al imputado. Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 241/2006 de 6 de julio.
Vulneración al sistema de la sana crítica no observada por el Tribunal de apelación puesto que, el Tribunal de Sentencia no justificó los motivos de hecho y de derecho, además de las máximas de la experiencia que justificaban su decisión, refiriéndose únicamente que, tanto la denuncia como el certificado médico forense son pruebas altamente relevantes; tal falta de motivación no fue observada por el Tribunal de apelación. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 308/2006 de 25 de agosto.
