III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El Tribunal de apelación incurrió en errónea aplicación de la ley penal sustantiva ya que, hay una subsunción equivocada y errónea de los hechos probados al tipo penal de Abuso Sexual derivado de un deficiente trabajo de subsunción y vulneración al principio de legalidad por parte del Juez. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 85/2012-RA de 4 de mayo, 267/2013-RRC de 17 de octubre, 411/2014-RRC de 3 de septiembre, 206 de 9 de agosto de 2012 y 660/2014-RRC de 20 de noviembre.
Falta de determinación circunstancia del hecho objeto del juicio. Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 354/2014-RRC de 30 de julio, 276/2015-RRC de abril, 44/2014-RRC de 20 de febrero y 348/2013-RRC de 24 de diciembre.
La evidente falta de justificación respecto al delito de Violencia Familiar, así como la falta de descripción fáctica y probatoria de la causa de la contusión, da como resultado un fallo carente de motivación suficiente, sumado a la falta de valoración de la prueba aplicando las reglas de la sana crítica, lo que amerita corregir tal ausencia, disponiendo la nulidad de la Sentencia.
En cuanto a la valoración de la prueba, su formulación y control en apelación restringida, se hace viable el control de logicidad. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 396/2014-RRC de 18 de agosto, 438 de 15 de octubre de 2005, 539/2015-RRC-L de 31 de agosto, 135/2013-RRC de 20 de mayo, 214/2007 de 28 de marzo, 53/2012 de 22 de marzo y 167/2013-RRC de 24 de junio.
