POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida en los arts. 184 num. 1) de la CPE, num. 2) del parágrafo I del art. 5 de la Ley 620 y las disposiciones del art. 277.1 y II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 4691 a 4696 vta., interpuesto por la Unidad de Proyectos Especiales UPRE, representada legalmente por Maño Mayorga Chambi y Mariana Montero Quiroga, contra la Sentencia N° 144/2023 de 31 de julio, emitida por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia.
No intervienen los Magistrados María Cristina Díaz Sosa y Carlos Alberto Agüez Añez, quienes suscribieron la Sentencia impugnada.
Por consiguiente, pase a Secretaría de Sala Plena para la prosecución del trámite correspondiente y espere turno para sorteo de la resolución de fondo.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Marco Ernesto Jaimes Molina
PRESIDENTE
Juan Carlos Berrios Albizu
DECANO
José Antonio Revilla Martínez
MAGISTRADO
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Edwin Aguayo Arando
MAGISTRADO
Olvis Egüez Oliva
MAGISTRADO
Sandra Magaly Mendivil Bejarano
SECRETARIA DE SALA PLENA
