AS/0236/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0236/2024-RA

Fecha: 19-Mar-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Magaly Ramallo Mamani, por memorial de demanda visible de fs. 54 a 55, subsanada a fs. 65, inició proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales (inmueble con construcción destinado a vivienda y bienes muebles y enseres domésticos); dirigiendo la demanda contra su ex esposo Pablo Javier Padilla Morales, quien una vez citado, por memorial de fs. 78 a 80 vta., contestó negando la demanda, señalando que no existen bienes activos para ser divididos, al contrario, solo hay deuda por la suma de $us. 6.000 que fue contraída del Banco Nacional de Bolivia durante la vigencia del matrimonio; el inmueble donde vivían corresponde a propiedad de su madre (del demandado) y los bienes muebles y enseres del hogar, se los llevó la demandante y, concluyó solicitando se declare improbada la demanda desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 25 de abril de 2019, que sale de fs. 139 a 141, en la que la Juez Público de Familia 2° de Quillacollo-Cochabamba, declaró PROBADA la demanda, disponiendo que en ejecución de sentencia se procederá a la división y partición de los bienes, previa cuantificación de los mismos.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por el demandado Pablo Javier Padilla Morales, por escrito de fs. 151 a 153 vta., dio lugar a que la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 76/2023, de 08 de mayo, corriente de fs. 165 a 171, que REVOCÓ en parte la Sentencia en lo referente a los bienes muebles y enseres gananciales, disponiendo sin lugar a la división y parición de los mismos, al no haberse demostrado su existencia; por otra parte, declaró como ganancial el préstamo de $us. 6.000 contraído del Banco Nacional de Bolivia, cuyo saldo impago de capital e intereses debe ser computado desde la fecha de la sentencia de divorcio de 08 de enero del 2018 y cancelado al 50% por cada uno de los ex cónyuges y en caso de que Pablo Javier Padilla Morales hubiera excedido en el pago del 50% del saldo de la obligación, la demandante Magaly Ramallo Mamani deberá devolver ese monto excedido.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación en el fondo por la demandante Magaly Ramallo Mamani, mediante escrito de fs. 346 a 348.