II. ANTECEDENTES
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 09/2023 de 1 de marzo, a fs. 97-114 vta., el Juzgado de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Pedro José Altamirano Almendras, autor y culpable de la comisión del delito de Abuso Sexual, calificado conforme los arts. 312 y 310 inc. n) del CP, imponiendo la pena de dieciocho años de presidio, más costas y pago de responsabilidad civil a nombre de la víctima y el Estado. El precitado Fallo fundó su condena alrededor de los siguientes hechos:
“De acuerdo al informe psicológico preliminar realizado a la menor…en fecha 30 de julio …habría sufrido una agresión sexual por parte del [imputado] la señora madre refiere que las primeras en enterarse de lo sucedido fueron las hermanas mayores, mencionando la menor que le dolía sus partes íntimas, que le salía sangre [luego de] una semana la víctima volvió a mencionar a la madre que sentía dolor en sus partes íntimas…la llevó al hospital…donde la médico de turno le menciona…que la menor habría sufrido una violación…
…según el relato de la niña el mismo realizó un acto de penetración vaginal. Así mismo relata que los hechos fueron sin consentimiento de la misma, dicho acto habría ocurrido en una oportunidad y posteriormente presente malestar físico en la zona vaginal genital, refiriendo textualmente la existencia de picazón, ardor, dolor al momento de la micción y defecación…” (sic).
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida, a fs. 128-139 vta., resuelto por Auto de Vista 50/2023 de 14 de junio, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que lo declaró improcedente.
