POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley del Órgano Judicial, en aplicación del numeral 3, del Parágrafo I, del artículo 220 del Código Procesal Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación cursante de fs. 429 a 434 vta., interpuesto por Jhasmani Cortez Aliaga en representación de Ciriaco Rodríguez Vásquez alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, impugnando la Sentencia Nº 053/2023 de 24 de octubre de 2023, cursante de fs. 406 a 412 vta., emitido por la Sala de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni.
Sin costas y costos, al tenor del art. 39 de la Ley 1178.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
