CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Santiago Jorge Salamanca López, por memorial de fs. 34 a 36 vta., inició el proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales, contra Lucia Soria Uriona; quien una vez citada mediante memorial saliente de fs. 46 a 52, contestó de manera negativa a la demanda; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 05 de agosto de 2022, saliente de fs. 208 a 211 vta., en la que el Juez Público de Familia 1° de la Epi Sur - Cochabamba, declaró PROBADA en parte la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrido en apelación por Lucia Soria Uriona, mediante memorial que corre de fs. 216 a 223 vta., originó que la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 19 de diciembre de 2023, visible de fs. 240 a 250, que CONFIRMÓ la Sentencia recurrida.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lucia Soria Uriona, según escrito visible de fs. 256 a 259 vta., que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
