AS/0812/2024-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0812/2024-RRC

Fecha: 13-May-2024

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo Nº 1854/2023-RA de 17 de noviembre (fs. 256 a 258 vta.), corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:

El recurrente manifiesta que el Auto de Vista recurrido, incurre en falta de fundamentación y motivación respecto al valor otorgado a cada uno de los elementos probatorios de cargo y de descargo en relación al art. 86 del Código de Procedimiento Penal (CPP), incurriendo en el defecto absoluto establecido en el art. 370 núm. 5) de la misma norma adjetiva, siendo ausentes los fundamentos en relación a la regla de la sana crítica y de los medios probatorios que demuestran la incapacidad mental del recurrente; además, alude que el Auto de Vista adolece de incongruencia, ya que el Tribunal de alzada de manera genérica se pronuncia en relación a los alcances de la suspensión del proceso por discapacidad mental, sin considerar que en apelación restringida no se denunció la nulidad de la Sentencia, sino la suspensión total del juicio oral en cumplimiento del art. 86 del CPP; igualmente, el recurrente refiere la existencia de incongruencia al precisar el Auto de Vista recurrido que la solicitud de suspensión del proceso debió realizarse al inicio del juicio oral, sin considerar los exámenes psicológicos, psiquiátricos, neurológicos y los carnet de discapacidad mental, lo que generó defectos absolutos en atención a lo establecido en los arts. 167 y 169 núm. 3) del CPP, vulnerando el debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia, derecho a la defensa, principio de legalidad; invocando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 360/2012 de 28 de noviembre, 827/2015-RRC-L de 20 de noviembre y 883/2017 de 21 de agosto.