III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El Auto de Vista contradice el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006 al carecer de una debida motivación y fundamentación por cuanto, al momento de resolver las denuncias en el recurso de apelación restringida con relación a la errónea aplicación de la ley sustantiva, no se pronuncia expresamente sobre los puntos impugnados.
