AS/0887/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0887/2024-RA

Fecha: 31-May-2024

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente alude vulneración a su derecho al debido proceso vinculado al principio de presunción de inocencia, al no haber dispuesto el Auto de Vista, la emisión de una nueva sentencia. Posteriormente reprodujo los agravios expuestos a tiempo de interponer su recurso de apelación restringida.

Manifiesta también, que el Tribunal de Alzada al emitir el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación y motivación. A continuación, reitera el agravio expuesto en apelación restringida vinculado al defecto de sentencia previsto en el num. 11) del Código de Procedimiento Penal (CPP); es decir, inobservancia a las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación y señala que el Tribunal de apelación no respondió adecuadamente el agravio si la contradicción es permisible, limitándose a indicar que sólo se trató de un error de escritura, que debió reclamarse oportunamente. Agrega que respecto a su agravio vinculado a la falta de fundamentación en la Sentencia, previsto en el num. 5) del CPP, el Tribunal de Alzada únicamente se limitó a señalar que no especificó en qué parte de la Sentencia existiría esta omisión, lo cual no sería evidente.

Acusa que se vulneró su derecho al debido proceso en su vertiente de igualdad al haberse emitido el Auto de Vista sin aplicar la doctrina legal establecida, respecto a la denuncia del defecto de sentencia previsto en el num. 6) del art. 370 del CPP, conexo con el num. 3) del art. 1169 (debió decir 169) del CPP y hace referencia a que en su recurso de apelación restringida también denunció los defectos de sentencia contenidos en los num.s 11) y 5) del art. 370 del CPP.

Cita los Autos Supremos 55/2012 de 4 de abril, 426/2014 de 28 de agosto, 129/2016-RRC de 17 de febrero, 529 de 17 de noviembre de 2006, 479, 166/2012-RRC de 20 de julio, 42/2021-RRC de 4 de marzo, 630/2016-RRC de 23 de agosto, 342/2006 de 28 de agosto, 46/2021 de 4 de marzo, 21/2007 de 26 de enero, 342/2006 de 28 de agosto, 281/2012 de 15 de octubre, 86/2013 de 26 de marzo, 319/2012 de 4 de diciembre y 252/2012-RRC de 12 de octubre; así como las Sentencias Constitucionales 0249/2014-S2, 0386/2013 de 25 de marzo y 903/2012 de 22 de agosto.