La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Mauricio Jorge Cossío Zurita, saliente de fs. 3096 a 3114. Con costas.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.