AS/0917/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0917/2024-RA

Fecha: 31-May-2024

III. MOTIVOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN

Primera vulneración; art. 370 num. 1) del CPP, errónea aplicación de la Ley sustantiva del CP, art. 252 bis relacionado con el art. 8 con relación al art. 20 del CP; es decir, que el Tribunal de alzada avaló que el Tribunal de Sentencia en base a la abstracción de que por que la víctima tiene una equimosis habría la tentativa de matar. A continuación, reitera extensamente los argumentos expuestos en su recurso de apelación restringida. En calidad de precedentes contradictorios invocó a los Autos Supremos 537 de 17 de noviembre de 2006, 219 de 28 de junio de 2006, 438 de 15 de octubre de 2005, 384 de 26 de septiembre de 2005 y 089/2013 de 28 de marzo.

Segunda vulneración respecto al art. 370 num. 6), que la Sentencia se base en hecho no acreditados y valoración defectuosa de la prueba en la Sentencia; refiere que el Tribunal de alzada no observó la ausencia de determinación de los hechos, haciendo una valoración de las pruebas de forma incongruente o incoherente, con ausencia de criterio de valor de los elementos de prueba según la sana crítica. Posteriormente reitera de forma amplia los fundamentos expuestos a tiempo de interponer su recurso de apelación restringida. En calidad de precedentes contradictorios invocó el Auto Supremo 308 de 25 de agosto de 2006.