POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADOS los recursos de casación de fs. 2867 a 2885 y 2888 a 2892 interpuestos por la Empresa CCD SRL., y por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, contra la Sentencia (Resolución) Nº 04/2023 de 22 de mayo, de fs. 2833 a 2853, emitida por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso contencioso seguido por la Empresa CCD SRL., contra el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
Sin costas, en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
