AS/0546/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0546/2024-RA

Fecha: 07-Jun-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Ángel Flores Camacho y Altagracia Dueñas Fernández, mediante escrito de fs. 204 a 206 vta., subsanado a fs. 208, planteó demanda ordinaria de mejor derecho propietario, reivindicación, daños y perjuicios contra Víctor Gesea Quispe, Seferino Colque Titirico y Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, representado legalmente por Hernán Iván Arias Durán, quienes una vez citados, el segundo opuso excepción previa, mediante memorial de fs. 236 a 237 vta. (que fue declarada Improbada por Auto Nº 266/2022, de 25 de abril de fs. 351 a 353); el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz a través de su representante legal Hernán Iván Arias Durán, contestó de manera negativa interponiendo demanda reconvencional de mejor derecho más pago de daños y perjuicios por escritos de fs. 252 a 261 vta., y 273 a 275, y tercería de dominio excluyente de fs. 290 a 295 vta., las cuales fueron rechazadas por Auto Nº 267/2022 emitido en audiencia preliminar de 25 de abril de 2022, obrante de fs. 346 a 350vta.; en tanto que Víctor Gesea Quispe fue declarado rebelde por Auto a fs. 240 vta.; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 661/2022 de 20 de septiembre, visible de fs. 454 a 459 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 3º de la ciudad de La Paz, declaró PROBADO en parte el proceso civil ordinario de mejor derecho propietario y reivindicación, e IMPROBADO el pago de daños y perjuicios, disponiendo que los demandados restituyan la superficie de 242.4 m2., según pericia, ó 236,10 m2., de acuerdo al catastro municipal, con las reducciones de la superposición a vía y el mosaico catastral con la superficie real a los demandantes en el plazo de 3 días de ejecutoriada la resolución, con costas y costos.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz a través de su representante legal Marcelo Aguilar Usquiano, por escrito de fs. 463 a 473, originó que la Sala Civil Cuarta del Tribunal Supremo de Justicia, emita el Auto Supremo Nº 70/2024, de 12 de enero, que corre de fs. 499 a 501 vta., que ANULÓ la Sentencia Nº 661/2022, de 20 de septiembre cursante de fs. 454 a 459 vta., disponiendo que la autoridad jurisdiccional dicte nueva determinación en el marco de los datos de la causa y normas que rigen la materia.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Ángel Flores Camacho, por sí y en representación de Altagracia Dueñas Fernández, por escrito de fs. 503 a 508 vta., recurso que es objeto de análisis para su admisión.