AS/0641/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0641/2024-RA

Fecha: 18-Jun-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Gadiri Suga Zarate Tito, mediante memorial de fs. 97 a 110, subsanado de fs. 126 a 134 vta., a fs. 140 y vta., de fs. 144 a 145, de fs. 148 a 149 vta., promovió el proceso ordinario de cumplimiento de contrato, responsabilidad civil extracontractual, retiro de sistema de cañerías y desagües contra la Sociedad de Responsabilidad Limitada LONE STAR S.R.L., empresa que una vez citada, a través de su representante Armin Mauricio Franulic Davalillo, por escritos de fs. 182 a 187, y a fs. 195, se apersonó y contestó negativamente a la demanda e interpuso excepción de prescripción de la obligación, que mereció el Auto N° 245/2022, de 09 de agosto, saliente de fs. 380 a 382 vta., que declaró improbada la misma; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 368/2022, de 08 de noviembre, que sale de fs. 647 a 654, en la que el Juez Público Civil y Comercial 20° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda principal e IMPROBADA respecto a los daños y perjuicios económicos y morales, con costas y costos.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por la empresa LONE STAR S.R.L., a través de su representante legal Armin Mauricio Franulic Davalillo, quien a su vez representado por su apoderado Alfredo Ramiro Blacutt Valdivia, según memorial visible de fs. 660 a 664 vta., dio lugar a que la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 945/2023 de 01 de diciembre, corriente de fs. 710 a 715 vta., CONFIRMÓ la Sentencia impugnada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Alfredo Ramiro Blacutt Valdivia (apoderado) supra descrito, según escrito obrante de fs. 722 a 725, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.