POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 516 a 519, interpuesto por el Banco Central de Bolivia (BCB), representado por Makerlin Nathaly Zambrana y otros, contra el Auto de Vista N° 52/2024 de 19 de abril, corriente de fs. 509 a 513, pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
