AS/1106/2024-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1106/2024-RRC

Fecha: 24-Jun-2024

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 38/2023 de 31 de julio (fs. 469 a 479 vta.), el Tribunal de Sentencia Penal 3º del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Apolinar Flores Juscusiri, autor y culpable de la comisión del delito de Violación de Infante Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 con relación al art. 310 inc. g) del CP, imponiendo la pena de veinticinco años de presidio, conforme los siguientes hechos probados:

1.-Se tiene que en la Comunidad de Kaspicancha del municipio de Poroma, el señor APOLINAR FLORES agredió sexualmente en tres ocasiones a su hijastra (…) de 10 años de edad, la primera vez cuando APOLINAR llegó de Marcavi y la menor se encontraba durmiendo con sus hermanitos, el denunciado se entró en la cama y ahí la agarró aprovechando que su mamá no se encontraba, le sacó su buzo y su calzón para proceder a penetrarla, además que la menor no avisó a su mamá por miedo y ya que su padrastro le dijo que no avise. La segunda vez fue el año 2021 cuando terminaron las clases de la escuela, de manera similar se entró a la cama aprovechando que la madre de la menor no se encontraba, procedió a bajarle su ropa y la forzó a tener relaciones sexuales. La tercera y última vez fue antes de carnaval, cuando estaban en la huerta y la menor estaba recogiendo guayaba, el denunciado le dijo ven te voy a mostrar el celular, ahí la agarró, la botó al piso se subió encima de ella para tener relaciones sexuales, indicándole que no avise a su mamá. También se debe considerar la situación especial de la víctima por su edad, ya que la misma se encuentra en una situación de desventaja y vulnerabilidad gozando de protección reforzada y constituyéndose el hecho en un acto de vulneración a su indemnidad sexual, no pudiendo ni siquiera alegarse su consentimiento“ (sic).