AS/0706/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0706/2024-RA

Fecha: 08-Jul-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Maura y Alejandra ambas Alipaz Macuapa representadas por Ana Mar Domínguez Alipaz por memorial de fs. 41 a 43, subsanado y ampliado a fs. 47, promovieron el proceso ordinario de acción reivindicatoria y negatoria contra Jorge Alipaz Macuapa, David Adolfo Cossio Gutiérrez, Rosario Alipaz Macuapa de Cossio, Andy Alison Alipaz Alpire, Juana Micaela Parada Macuapa, Ana Alpire Ortiz, y Maria del Carmen Alpire Ortiz, quienes una vez citados, mediante escrito de fs. 63 a 64, los primeros tres se apersonaron oponiendo únicamente excepción de impersonería en la apoderada, misma que fue declarada probada por Auto interlocutorio N° 309/2022, de 20 de octubre, visible de fs. 178 a 180, el resto de los codemandados fueron declarados rebeldes por Auto interlocutorio N° 129/2022, de 03 de junio, visto de fs. 122 a 123; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 074/2023, de 10 de agosto, cursante de fs. 655 a 661 vta., en el que la Juez Público, Civil, Comercial y de Familia 2° de la ciudad de Riberalta - Beni, declaró PROBADA la demanda principal disponiendo en consecuencia que en el plazo de 10 días se proceda a la desocupación y entrega del bien inmueble a las demandantes declarándose automáticamente la inexistencia de los derechos de Rosario Alipaz Macuapa de Cossio, David Adolfo Cossio Gutiérrez, Maria del Carmen Alpire Ortiz, Andy Alison Alipaz Alpire, Juana Micaela Parada Macuapa, Ana Alpire Ortiz, y Jorge Alipaz Macuapa respecto al bien inmueble ubicado sobre la avenida Mamore, barrio San Jose Obrero, manzana N° 77, lote N° 271, registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula N° 8021010007591, además de condenar con costas y costos a los demandados.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrido en apelación por los demandados, según memorial cursante de fs. 684 a 687, dio lugar a que la Sala Civil, Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental del Beni, emita el Auto de Vista Nº 83/2024, de 25 de marzo, visible a fs. 720 y vta., que declaro inadmisible el referido recurso de apelación.

3. Fallo de segunda instancia, recurrido en casación por Rosario Alipaz Macuapa de Cossio, David Adolfo Cossio Gutiérrez, Maria del Carmen Alpire Ortiz, Andy Alison Alipaz Alpire, Juana Micaela Parada Macuapa, Ana Alpire Ortiz, y Jorge Alipaz Macuapa, mediante escrito de fs. 724 a 727, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.