II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 29 de mayo de 2019 (fs. 488 a 493 vta.), la Juez de Sentencia Penal 4º del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Sergio Mauricio Aguilar Zabalaga, autor y culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley 1008, imponiendo la pena de diez años de presidio, más un mil días multa a razón de Bs. 1.- por día.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Sergio Mauricio Aguilar Zabalaga formuló recurso de apelación restringida (fs. 509 a 516 vta.), que previa presentación de memorial de subsanación, fue resuelto por el Auto de Vista de 6 de noviembre de 2023, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró inadmisible el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
