III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiere que la sentencia emitida contiene defectos relativos al debido proceso en sus vertientes de valoración probatoria, motivación y fundamentación. Asimismo, sostiene que se vulneró el debido proceso, libertad probatoria, debida fundamentación de la resolución emitida.
Por otra parte, indica que dicho Tribunal de origen no dio respuesta a supuestos cuestionamientos e incidentes que hubiera planteado posterior a la emisión de la sentencia. Posteriormente se limita a citar criterios doctrinales normativos sin desarrollar mayores argumentos que sustenten su recurso.
Como precedente contradictorio invoca las Sentencias Constitucionales 1053/2013, 137/2013 de 5 de febrero, 999/2003-R de 16 de julio, 915/2011-R de 6 de junio, 882/2011-R, 157/2001-R, 798/2001-R, 925/2001-R, 1028/2001-R, 1009/2003-R, 1797/2003-R, 101/2014-R, 663/2004-R, 022/2006-R, 552/2013 de 15 de mayo, 015/2006 de 4 de abril, 066/2005 de 22 de septiembre, 680/2012 de 2 de agosto, 2070/2012, 119/2003-R 1276/2001-R, 418/2000-R, 827/2003-R de 17 de junio y 199/2011 de abril.
