III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente denuncia vulneración de sus derechos, más propiamente al debido proceso; toda vez, que el Auto de vista no valoró de manera correcta los agravios que denunció en su apelación, careciendo la misma de fundamentación y motivación respecto a los defectos de sentencia previstos en el art. 370 incs. 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP). Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 344/2013 de 3 de diciembre, 562/2004 de 1 de octubre y la Sentencia Constitucional 0207/2004 de 9 de febrero y 0776/2013 de 10 de junio.
