III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiriéndose a cuestiones de la Sentencia y transcribiendo los fundamentos de su recurso de apelación restringida referente a los defectos de sentencia previstos en el art. 370 núms. 2), 4), 5), 6) y 11) del Código de Procedimiento Penal (CPP), acusa que el Auto de Vista impugnado no cuenta con una debida fundamentación, que provocó la inobservancia de los arts. 124 de la norma penal citada y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), debido a que el Tribunal de alzada se limitó a la simple transcripción del recurso y la resolución impugnada, convalidando el fallo del Tribunal inferior sin fundamentación alguna.
