AS/1392/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1392/2024-RA

Fecha: 26-Jul-2024

III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

El recurrente sostiene que en su recurso de apelación restringida, denunció los defectos de Sentencia previstos en el art. 370 nums. 1), 5), 6) y 11) del Código de Procedimiento Penal (CPP). Sin embargo, el Tribunal de alzada no hubiese ejercido un control de la Sentencia y otros actos procesales conforme a los defectos reclamados, limitándose a criticar las impugnaciones a la Sentencia, incurriendo en el defecto de falta de fundamentación y motivación, vulnerando así el debido proceso en relación a la debida motivación, principios de legalidad, inocencia, seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva.

Invoca en calidad de precedentes los Autos Supremos (AASS) 450 de 19 de agosto de 2004, 448 de 12 de septiembre, 335 de 10 de junio de 2011 y cita las Sentencias Constitucionales (SSCC) 1075/2003-R de 24 de julio, 1056/2003-R, 727/2003-R, 160/2010-R de 17 de mayo, 421/2007-R.

Alega que en su recurso de apelación restringida interpuso apelación incidental contra la resolución 287/2012 de 9 de agosto que rechazó el incidente de extinción de la acción penal. El Tribunal de alzada hubiere identificado el agravio, empero omitió pronunciarse al respecto incurriendo en el vicio de incongruencia omisiva. Invoca los AASS “28/2014-RRC… 85/2013-RRC” (sic), 272/2013-RRC de 17 de octubre y 5/2007 de 26 de enero.