La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Dionicia Casillo vda. de Quispe, cursante a fs. 1381-1388. Con costas.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.