II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 05/22 de 18 de febrero (fs. 482 a 499 vta.), el Juzgado de Sentencia Primero en lo Penal de Sacaba del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Adan Mamani Garvizu, autores de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, tipificado y sancionado por el art. 271 del CP, imponiendo la pena de 3 años de prestación de trabajos comunitarios, en dependencia de la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia, es así que deberá presentarse ante el departamento administrativo de dicha institución a fin de cumplir con la determinación dictada y sea dos veces al mes.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs. 507 a 510 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 91/2022-RAR de 6 de noviembre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró inadmisible el recurso planteado; en consecuencia, rechazó dicho recurso.
