AS/0979/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0979/2024-RA

Fecha: 02-Sep-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

Hilda Soria de Endara y Víctor Artemio Endara Peña por memorial de demanda que discurre de fs. 12 a 18, subsanado de fs. 31 a 36, promovieron proceso ordinario de cumplimiento de contrato, acción negatoria, reivindicación más el pago de daños y perjuicios contra José Rodrigo Viscarra Pereyra y Lucy Nelly Rivas Pereira, quienes una vez citados, al primero se le designó como defensor de oficio a Ivan Marcelo Ayllón Villanueva, quien por escrito visible a fs. 104 y vta., se apersonó y contestó a la demanda negativamente, mientras que la segunda codemandada por Resolución Nº 529/2017, de 17 de noviembre, de fs. 112 a 113, fue declara rebelde, para posteriormente presentarse y como primer acto de defensa postuló incidente de nulidad de obrados por falta de conciliación, acción legal que discurre mediante escrito de fs. 138 a 141 vta., incidente que fue rechazado por Auto Nº 225/2022, de 24 de junio, obrante de fs. 303 a 309; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 343/2022, de 12 de septiembre, por la que el Juez Publico, Civil y Comercial 14° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA EN PARTE la demanda principal en cuanto a lo concerniente al cumplimiento de contrato e IMPROBADAS las pretensiones de acción negatoria, reivindicación y el pago de daños y perjuicios.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Lucy Nelly Rivas Pereira según memorial de fs. 451 a 455, originó que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 279/2024, de 02 de mayo, corriente de fs. 425 a 457, donde se CONFIRMÓ la sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lucy Nelly Rivas Pereira según escrito visible de fs. 460 a 464 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.