POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42. I num.1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y el art. 277.II del Código Procesal Civil ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 1671 a 1706 vta., interpuesto por COMERCIAL ARCE, representada por Liliana Elizabeth Angulo Marquez de Arce, a través de su representante Delfor Zapata Avendaño contra el Auto de Vista N° 557/2023 de 01 de diciembre, cursante de fs. 1649 a 1659 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
