AS/1020/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1020/2024-RA

Fecha: 09-Sep-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Fabiola, Jackeline, Mario Clever, Baby todos Llanos Languidey y Richar Isrrael Llanos Vaca según memorial de fs.171 a 180 vta., subsanado de fs. 189 a 197 vta. y de fs. 222 a 223 vta., promovieron proceso ordinario de nulidad de contratos, escritura pública, cancelación de registro en Derechos Reales, reducción de liberalidad y reintegro de legítima contra Bania Rooshell Llanos Carreño, María Marlene Carreño Vargas, quienes, una vez citadas, a través del escrito, visible de fs. 289 a 294 vta., respondieron de manera negativa a la demanda; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 222/2023 de 18 de septiembre, obrante de fs. 394 a 405, en la que la Juez Público Civil y Comercial 4° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró IMPROBADA la demanda; resolución complementada por Auto a fs. 412, no dando lugar a la modificación de fecha de notificación.

2. Auto de 18 de septiembre de 2023, de primera instancia que, al haber sido recurrido en apelación por Fabiola, Jackeline, Mario Clever, Baby todos Llanos Languidey y Richar Isrrael Llanos Vaca, según memorial cursante de fs. 414 a 421 vta., dio lugar a que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista Nº 57/2024 de 22 de mayo, corriente de fs. 442 a 443, que ANULÓ obrados hasta fojas 432 inclusive.

3. Auto de Vista Nº 57/2024, recurrido en casación por Fabiola, Jackeline, Mario Clever, Baby todos Llanos Languidey y Richar Isrrael Llanos Vaca, según memorial de fs. 447 a 453 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.