CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Paz Adrián Durán Velasco y Alejandro Durán Juaniquina mediante escrito que cursa de fs. 199 a 206 subsanado de fs. 289 a 298, plantearon demanda ordinaria de nulidad parcial de testamento y cumplimiento de obligación contra Oscar, Victoria Rosa, Rodolfo Crispol, Rosario, Hernan Justo, todos Juaniquina Yugar y José Rodolfo Juaniquina Ruiz quienes una vez citados: Rosario Juaniquina Yugar, mediante memorial saliente de fs. 377 a 382, contestó de manera negativa a la demanda y promovió reconvención por nulidad de minuta, nulidad de recibo por hecho ilícito y reconocimiento judicial de legalidad y validez de Escritura Pública N° 385/2017; por su parte Jose Rodolfo Juaniquina Ruiz, representado por Rosario Juaniquina Yugar según memorial saliente a fs. 539 y vta. y Oscar Juaniquina Yugar por escrito cursante a fs. 581 todos respondieron negativamente a la demanda, allanándose a la reconvención de nulidad de minuta, nulidad de recibo por hecho ilícito y reconocimiento judicial de legalidad y validez de Escritura Pública N° 385/2017 promovida por Rosario Juaniquina Yugar; por otro lado Cinthia María y Ronald, ambos Joaniquina Chufardy representados por Boris Alberto Espinoza Mejía, según escrito de fs. 727 a 734 vta., respondieron negativamente la demanda y plantearon acción reconvencional de nulidad de documento de 25 de mayo de 2002 (minuta) y recibo de 09 de julio de 2002; María Blanca Chufardy Arancibia no contestó la demanda dentro del plazo de 30 días, asumiendo la causa en el estado actual en que se encuentra el proceso; por último, mediante Auto de 22 de octubre de 2021, que cursa a fs. 834, ante la falta de comparecimiento de Hernán Justo y Victoria Rosa ambos Juaniquina Yugar se designó defensor de oficio, que mediante memorial visible de fs. 948 a 949, contestó de forma negativa a la pretensión; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 386/2022, de 07 de julio, saliente de fs. 1134 a 1146 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 9° de la ciudad de El Alto - La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda e IMPROBADA la pretensión de nulidad parcial de testamento abierto; PROBADA respecto a la pretensión de cumplimiento de obligación e IMPROBADA las pretensiones reconvencionales.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Rosario Juaniquina Yugar y de manera separada por María Blanca Chufardy Arancibia, Ronal y Cinthia María, ambos Juaniquina Chufardy, representados por Boris Alberto Espinoza Mejía, mediante memorial de fs. 1157 a 1160 y de fs. 1162 a 1169 vta. respectivamente, originó que la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 86/2024, de 19 de enero, saliente de fs. 1222 a1226, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrida en casación por Rosario Juaniquina Yugar y Ronald, Cinthia María ambos Juaniquina Chufardy y María Blanca Chufardy Arancibia, según escritos visibles de fs. 1235 a 1237 vta. y de fs. 1240 a 1241 vta. respectivamente, que son objeto de análisis para su admisión.
