CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Gustavo Mauricio Delgadillo Daza mediante escrito que cursa de fs. 14 a 16 vta., planteó demanda ordinaria de división y partición, contra Félix Claure, Lourdes Jenny Cuele Claure, María Luz León García y Sebastián Mauricio Delgadillo León, quienes una vez citados: Sebastián Mauricio Delgadillo León mediante memorial saliente de fs. 48 a 53 vta., contestó de manera negativa a la demanda y reconvino por exclusión del cónyuge en la sucesión; Lourdes Jenny Cuele Claure por escrito visible de fs. 57 a 58, se opuso a la demanda; Félix Claure según memorial obrante de fs. 65 a 66 vta., respondió negando los extremos de la pretensión; María Luz León García según escrito cursante de fs. 69 a 70 contesto negativamente a la demanda y se adhirió a la demanda reconvencional del codemandado Sebastián Mauricio Delgadillo León, desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 84/2024, de 26 de abril que cursa de fs. 193 a 200 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 2° de la ciudad de Sucre, declaró IMPROBADA la demandada y PROBADA la pretensión reconvencional de exclusión de cónyuge.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Gustavo Mauricio Delgadillo Daza mediante memorial que corre de fs. 204 a 205, originó que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista Nº 287/2024, de 07 de agosto, visible de fs. 231 a 234, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Gustavo Mauricio Delgadillo Daza, según escrito visible de fs. 237 a 238 vta., que es objeto de análisis para su admisión.
