AS/0011/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0011/2025-RA

Fecha: 16-Ene-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

Miguel Ángel Calle García en representación legal de Juan Carlos Lizarazu Limón, mediante memorial de demanda cursante de fs. 24 a 25 vta., subsanado a fs. 29 vta., promovió el proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales contra Gloria Inés Chulver Cáceres quien una vez citada, de acuerdo a escrito visible de fs. 125 a 139, se apersonó y contestó de manera negativa, desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia de 12 de mayo de 2021, cursante de fs. 225 a 228 vta., por el cual el Juez Público Mixto, Civil y Comercial de Familia e Instrucción Penal 2° de Colcapirhua de Cochabamba, declaró PROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Gloria Inés Chulver Cáceres según escrito de fs. 230 a 240, originó que la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 227 de 28 de noviembre de 2023, corriente de fs. 250 a 253 vta., que CONFIRMÓ en su integridad la Sentencia de 12 de mayo de 2021, con condenación de costas a la parte apelante conforme a lo dispuesto en el art. 407.II de la Ley N° 603.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Gloria Inés Chulver Cáceres según escrito visible de fs. 261 a 268, que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.