AS/0038/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0038/2025-RA

Fecha: 24-Ene-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

Genaro Machaca Mamani por memorial de demanda que discurre de fs. 35 a 46 vta., subsanado de fs. 57 a 60, de fs. 75 a 76, y de fs. 79 a 80, promovió el proceso ordinario de nulidad de escritura pública, contra Fidel Catari Mayta y Janneth Lucy Payllo de Alanoca, quienes una vez citados, según escrito visible de fs. 101, oponen excepción previa de falta de interés legítimo del demandante; pretensión que mereció el Auto interlocutorio, obrante a fs. 118 y vta., que declaró improbada la excepción; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 216/2020, de 22 de septiembre, que cursa de fs. 154 a 157 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 4° de la ciudad de El Alto - La Paz, declaró PROBADA la demanda de nulidad de escritura pública disponiendo la nulidad y sin efecto legal de la Escritura Pública Nº 130/2004 de 19 de marzo, otorgado por ante Notario de Fe Pública Nº 77 del Distrito Judicial de La Paz a cargo del Dr. Luis Fernando Torrico Tejada.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Fidel Catari Mayta y Janneth Lucy Payllo de Alanoca según escrito de fs. 166 a 168 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 428/2024, de 22 de agosto, corriente de fs. 424 a 427, donde se CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Janneth Lucy Payllo de Alanoca según escrito visible de fs. 434 a 441, respectivamente, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.