VISTOS
El recurso de casación cursante de fs. 399 a 404, interpuesto por Cerámica Elvia LTDA representada legalmente por Marco Antonio Carrasco Oropeza, contra el Auto de Vista N° 438/2024, de 18 de noviembre, corriente de fs. 391 a 395, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario, seguido por el recurrente contra el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre representado legalmente por Karen Fabiola Maldonado Martínez; el Auto de concesión de 16 de enero de 2025, visible a fs. 409, todo lo inherente al proceso; y:
