AS/0084/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0084/2025

Fecha: 11-Feb-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1.- Yasmany Oscar, Luis Enrique, María Teresa y Ana Belén, todos Claros Vaca, representados por Mónica Lizett Sotelo Debbe, por memorial de fs. 46 a 49, subsanada a fs. 58, promovieron el proceso ordinario de nulidad de contrato de transferencia de inmueble; contra Jesús Salomón Claros Limachi, Zeila Rojas Salvatierra y Mabel Becerra Aguilera, quienes una vez citados, Mabel Becerra Aguilera, por escrito de fs. 276 a 280, contestó de manera negativa e interpuso demanda reconvencional de acción negatoria y pago de daños y perjuicios; mientras que los codemandados Jesús Salomón Claros Limachi y Zeila Rojas Salvatierra, al no haber contestado dentro del plazo previsto por ley, fueron declarados rebeldes por Auto de 01 de diciembre de 2022 cursante a fs. 289; sin embargo, el primero de los nombrados, antes de la fijación de la audiencia preliminar, por escrito de fs. 292 compareció al proceso contestando de manera positiva la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 24/2023 de 31 de enero, que cursa de fs. 314 a 326 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial Cuarto de la ciudad de Trinidad-Beni, declaró IMPROBADA la demanda de principal de nulidad de contrato e IMPROBADA la demanda reconvencional de acción negatoria.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca representados legalmente por Mónica Lizett Sotelo Debbe, mediante memorial que corre de fs. 329 a 332; originó que la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, emita el Auto de Vista N° 257/2023 de 21 de julio, visible de fs. 353 a 355, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca representados legalmente por Mónica Lizett Sotelo Debbe, según escrito visible de fs. 359 a 362, que mereció el Auto Supremo N° 186/2024 de 13 de marzo, cursante a fs. 376 a 381, que ANULÓ el Auto de Vista N° 257/2023 de 21 de julio, visible de fs. 353 a 355.

4. En cumplimiento a dicha determinación la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, emita el Auto de Vista N° 229/2024 de 05 de julio, visible de fs. 392 a 394, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

5. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca representados legalmente por Mónica Lizett Sotelo Debbe, según escrito visible de fs. 398 a 402, que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.