CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
Delmira Carrasco Nava representada convencionalmente por Walter Alfredo Carrasco Nava y Marcelo Pérez Ramos por memorial de demanda que discurre de fs. 13 a 16 vta., promovió el proceso ordinario de acción oblicua, contra Marguín Martínez Velásquez y Cesar Franz Uño Cáceres, quienes una vez citados, no contestaron a la demanda, declarándose la rebeldía de los demandados, por Auto de 14 de noviembre de 2023, cursante a fs. 57 vta.; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 183/2024, de 09 de noviembre que cursa de fs. 173 vta., a 178, en la que el Juez Público Civil y Comercial 8° de la ciudad de Sucre, declaró la PROBADA en todas sus partes la demanda principal.
Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Cesar Franz Uño Cáceres, según escrito de fs. 185 a 188 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 470/2024, de 06 de diciembre, corriente de fs. 207 a 212, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.
Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Cesar Franz Uño Cáceres, según escrito corriente de fs. 215 a 220 vta., que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
