AS/0129/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0129/2025-RA

Fecha: 24-Feb-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Isidoro Montes Mamani, Daniel Fuertes Benavidez, Judith Arando Caballero de Flores, Gregorio Marca Choque, Rudy Vargas Menacho y Esteban Arando Quispe por memorial de demanda que discurre de fs. 163 a 167, subsanados a fs. 170 y vta., fs. 176 y vta., fs. 388 a 392 vta., fs. 428 a 429 promovieron el proceso ordinario de reparación de daño civil contra Alberto Quintanilla Méndez y Primo Vargas Mamani, quienes una vez citados el primero contesto de forma negativa y opuso excepción de falta de legitimación o interés legítimo por escrito visible de fs. 607 a 612, y el último se apersonó y contestó de manera negativa, por escrito de fs. 489 a 493, haciéndose resuelto la excepción por Auto de 09 de enero de 2024, declarándose parcialmente probada en relación a la co-demandante Judith Arando caballero de Flores, determinándose su exclusión de la demanda (fs. 703 a 708) e improbada en relación a los otros co-demandantes; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 05/2024, de 17 de abril, que cursa de fs. 899 vta. a 907 vta., en la que el Juez Público, Civil y Comercial Primero de Potosí declaro PROBADA parcialmente la demanda ordinaria de reparación de daño civil y pago de daños y perjuicios, instaurada por Isidoro Montes Mamani, Daniel Fuertes Benavides, Gregorio Marca Choque, Rudy Vargas Menacho y Esteban Arando Quispe contra Primo Vargas Mamani y Alberto Quintanilla Méndez, disponiéndose a cuya consecuencia, que los demandados paguen por concepto de reparación de daño civil y perjuicios en la suma de Bs. 630.000 a favor de los demandantes en el plazo de diez días de ejecutoriada la sentencia, más costos y costas procesales.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Alberto Quintanilla Méndez, según escrito de fs. 909 a 914 vta., así como por Isidoro Montes Mamani, Daniel Fuertes Benavidez, Gregorio Marca Choque, Rudy Vargas Menacho y Esteban Arando Quispe, según escrito visible de fs. 918 a 923, y por Primo Vargas Mamani , según memorial de fs. 926 a 929, originó que la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Potosí, emita el Auto de Vista N° 002/2025, de 03 de enero, corriente de fs. 974 a 980 vta., disponiéndose anular la Sentencia N° 05/2024 de 17 de abril y ordenando que el Juez A quo emita nueva resolución, sin espera de turno.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Isidoro Montes Mamani, Daniel Fuertes Benavidez, Gregorio Marca Choque, Rudy Vargas Menacho y Esteban Arando Quispe, según escrito visibles de fs. 983 a 987, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.