CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Felipe Flores Serrano y Teodora Flores Serrano Vda., de Laime, por memorial de demanda que discurre de fs. 10 a 12, subsanado a fs. 18, promovieron el proceso ordinario de nulidad de contrato de compraventa contra Gabriela Paniagua Bautista quien una vez citada, según escrito visible de fs. 33 a 38 vta., se apersono y contesto de manera negativa, asimismo por memorial de fs. 263 a 268 vta., subsanado a fs. 272, Gabriela Paniagua bautista formuló excepción de litispendencia pretensión que mereció el Auto interlocutorio de 21 de marzo de 2023, por el cual se declaró probada la excepción disponiendo la acumulación del proceso con nurej 10105894 al proceso con nurej 1098932-1; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 212/2024 de 17 de septiembre, que cursa de fs. 558 a 562, en la que el Juez Público Civil y Comercial 11° de Sucre declaró IMPROBADA las demandas de nulidad de contrato de compraventa de lote de terreno y de nulidad de minuta privada de venta de lote de terreno, además de condenar con costas y costos a los demandantes.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Teodora Flores Serrano Vda., de Laime según escritos de fs. 565 a 567 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 050/2025, de 18 de febrero que cursa de fs. 582 a 585 vta., donde se CONFIRMÓ la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Teodora Flores Serrano Vda., de Laime según escrito visible de fs. 588 a 591 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
