AS/0340/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0340/2025-RA

Fecha: 11-Abr-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Lucy Camacho por memorial de demanda que discurre de fs. 15 a 17 vta., reiterada por memorial de fs. 32 a 35, subsanado de fs. 39 a 40 vta., modificada a fs. 66 a 68 vta., subsanada de fs. 73 a 75 promovió el proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales contra Fernando Arratia Villca, quien una vez citado según escrito visible de fs. 102 a 110, subsanado de fs. 113 a 117 vta., contesta de forma negativa e interpone acción reconvencional de declaración de ganancialidad; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia Nº 323/2024, de 31 de mayo, cursante de fs. 402 a 411 en la que la Juez Público de Familia 6° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda de división y partición de bienes gananciales así como la acción reconvencional de declaración de ganancialidad.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Lucy Camacho mediante memorial de fs. 417 a 418 vta., y por Fernando Arratia Villca a través de memorial cursante de fs. 427 a 428 originó que la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita Auto de Vista Nº 788/2024, 15 de noviembre, corriente de fs. 442 a 446 donde se CONFIRMÓ la Sentencia apelada, con la modificación que al haber sido transferido el camión marca Nissan, con placa de circulación N° 1060-UIA a una tercera persona, corresponde que la demandante Sra. Lucy Camacho devuelva al demandado Sr. Fernando Arratia el 50% del precio de la venta del citado camión, a ser cuantificado en ejecución de fallos, en el esta do en que fue transferido.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Lucy Camacho, según escrito visible de fs. 448 a 456, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.