POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia de conformidad a lo previsto en los arts. 184.7 de la Constitución Política del Estado, 38.6 de la Ley del Órgano Judicial y 424 del CPP, RECHAZA por improcedente el Recurso de Revisión presentado por Elias Rodriguez Laime, conforme los fundamentos expuestos en esta resolución.
Al Otrosí.- Estése a lo principal.
Al Otrosí 2.- Notificaciones se practicarán en Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Romer Saucedo Gómez
PRESIDENTE
Rosmery Ruiz Martínez
DECANA
Primo Martínez Fuentes
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Carlos Eduardo Ortega Sivila
MAGISTRADO
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Fanny Coaquira Rodríguez
MAGISTRADA
Dra. Paola Berbetty Von Borries
SECRETARIA DE SALA PLENA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Norma Velasco Mosquera
MAGISTRADA
Germán Saúl Pardo Uribe
MAGISTRADO
