AS/0388/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0388/2025-RA

Fecha: 02-May-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

Luis Caceres Murillo por sí y en representación de Genoveva Rojas Iturralde, por memorial de demanda que discurre de fs. 56 a 61 vta., promovió el proceso ordinario de mejor derecho propietario, contra Serapio Serafín Grájeda Ormachea, quien una vez citado, por escrito visible de fs. 185 a 186 vta. y de fs. 190 a 193, se apersonó y respondió negativamente a la demanda e interpuso excepción de cosa juzgada, pretensión que mereció el Auto interlocutorio en audiencia preliminar, obrante de fs. 234 a 235 que declaró improbada la misma; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 09/2020 de 30 de enero, que cursa de fs. 301 a 311, en la que el Juez Público, Civil y Comercial 13° de la ciudad de Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda de mejor derecho propietario, además de condenar costas y costos.

Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Luis Caceres Murillo por sí y en representación de Genoveva Rojas Iturralde según escritos de fs. 318 a 324, originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 299/2024 de 30 de diciembre, corriente de fs. 361 a 366, donde se CONFIRMÓ la sentencia apelada.

4. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Luis Caceres Murillo por sí y en representación de Genoveva Rojas Iturralde según escrito visible de fs. 369 a 375, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.